Frecuencia Zero FM

Un hogar descuidado

Mabel López Oliva, asesora tutelar del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, habló con Sentido Común de la situación del Hogar Curapaligüe y como se trabajó hasta lograr el fallo de la Justicia que ordena  mejorar las condiciones de albergue y los cuidados  de los menores que allí se alojan. La asesora tutelar detalló las acciones que se realizaron para subsanar el estado de la institución:   «Nosotros venimos haciendo un monitoreo no solo de la infraestructura adecuada de los hogares, sino también del debido funcionamiento, sobre los cuidados que tienen sobre los niños y niñas que por decisión del Estado están allí. Que se sean tratados amorosamente,  con personal idóneo y suficiente, en condiciones de salubridad e higiene adecuadas, donde  se garantice el acceso a todos sus derechos, a la escuela, a la salud. También la vinculación con referentes afectivos y familiares.» Luego la funcionaria describió como fue el proceso hasta la intervención de la jueza a cargo del amparo Cecilia Mólica Lourido: » Desde el 2016, venimos haciendo un seguimiento, encontramos situaciones irregulares y preocupantes. Pese a los reclamos no encontramos una respuesta oportuna del Gobierno de la Ciudad, entonces recurrimos a la Justicia. Es así que la jueza  a cargo del juzgado 20 viene dictando medidas pertinentes, adecuadas en lo que le exige al Gobierno.» Asimismo, Lopéz  Oliva enumeró cuales fueron  los puntos en los que se apoyaron para hacer las presentaciones : » Algunas cosas estaban referidas a la infraestructura, sobre el funcionamiento del agua caliente, había vidrio rotos, los niñes tiene derechos a vivir en condiciones dignas. También los trabajadores del hogar nos hicieron notar que no había suficiente personal idóneo para hacerse cargo de los niñes, que están 24 hs en este espacio,  no cualquier puede ocuparse del cuidado. Cuando denunciamos esta situación, la jueza en tiempo record obligó al Gobierno de la Ciudad a solucionarlas. Nosotros estamos exigiendo lo que marca la ley y se detalla que se necesitan adultos capacitados para cuidar a los menores. Pareciera que no hay una medida espontánea que implique el cuidado como lo haría uno en su casa.» Por último, la titular de la asoría tutelar señaló : «Es necesario que los chicos tengan acceso a internet para garantizar la continuidad escolar. No queremos que existe una escuela para los niños que viven en hogares y otra para el resto, eso refuerza las desigualdades. «

El acto cooperativo

El acto cooperativo está legislado en la Ley de cooperativas del año 1973 en su artículo 4°. Esta herramienta legal rige y protege a las cooperativas en sus relaciones y organización. A diferencia de esto, el acto mutual no está legislado a pesar de una multiplicidad de proyectos presentados. Hugo Iacovino nos explica qué significa esto y postula la necesidad de la igualdad del estatus legal de cooperativas y mutuales en cuanto a regulaciones. ¿Qué es un acto cooperativo? Actos cooperativos son los realizados entre la Cooperativa y sus miembros en cumplimiento del objeto de aquélla. Los mismos constituyen negocios jurídicos específicos cuya función económica es la ayuda mutua, no considerándose actos de comercio. Es decir, regula y da sentido a las relaciones entre sus asociados con la cooperativa y entre cooperativas. Esto se diferencia de lo que son los actos de comercio, como viajar en colectivo o comprar cualquier cosa. Estos actos tienen fin de lucro, condiciones de competencia y son una acción individual y/o particular. En cambio, el acto cooperativo no tiene fines de lucro, es solidario y de carácter colectivo. Siguiendo este razonamiento, en las cooperativas de trabajo no existe la figura de la relación de dependencia. Existen asociados que en la asamblea de socios eligen sus autoridades, proponen y votan los reglamentos y los estatutos que los regirán mediante decisiones colectivas. No hay ni se busca el ejercicio patronal. Las mutuales tienen problemas respecto de esto porque no tienen una regla para respaldar la naturaleza de sus relaciones de trabajo. El  fallo Lago Castro logró proteger la naturaleza de las relaciones de los asociados como acto cooperativo y evitar las insinuaciones sobre relaciones de dependencia encubiertas. Otro ejemplo de acto cooperativo tiene que ver con las cooperativas de vivienda. Estas instituciones firman convenios de adhesión en lugar de boletos de compraventa o contratos comerciales. Ante eventuales crisis, tienen la posibilidad de revisar colectivamente las condiciones del convenio de adhesión. El reconocimiento estatal del acto cooperativo se refleja en que es un sujeto no alcanzado por el impuesto de Ingresos Brutos y el Impuesto a los Sellos en las relaciones entre los miembros del sector. Si están alcanzados cuando desarrollan relaciones comerciales con actores comerciales externos al sector cooperativo.

Las cinco R de la vida sostenible

Fernando Druetta nos invita a reflexionar sobre el consumo responsable, la sostenibilidad y el conocimiento de la producción lineal para vivir en un entorno que sostiene el paradigma del consumo responsable. La sustentabilidad y el desarrollo sostenible se relacionan negativamente al consumo irresponsable que se evidencia en la cantidad y la cualidad de los residuos, sobre todo de plásticos en las playas y lugares de esparcimiento. Una variable de análisis y conocimiento para acercarnos a estos saberes y convertirlos en herramientas es la compresión de la producción lineal. Conocer la línea implica saber sobre sus fases: la producción de los productos que consumimos, el valor de consumirlos y las condiciones de su desechabilidad. Es decir, la obsolescencia de los productos es saber por cuanto tiempo los voy a utilizar y cuán larga será su vida útil. La propuesta es construir un cambio de hábitos en las acciones cotidianas resumidas en las 5 “R”. Primera R de RECHAZAR consumir en aquellos comercios que entreguen bolsas de nylon, en aquellas producciones contaminantes de productos rápidamente desechables. Segunda R de REDUCIR el consumo en cantidad de productos que no necesitamos, como por ejemplo, darle un uso más prolongado a la ropa y no desecharla tan rápidamente. Tender a una vida minimalista. Cuantas menos cosas nuevas adquieres, menos basura generas. Tercera R de REUTILIZAR puede asociarse al uso diario de botellas plásticas y reemplazarlas por termos o botellas que pueden reutilizarse mediante la higiene adecuada. Reparar los objetos que usamos y no desecharlos rápidamente. Cuarta R de REINCORPORAR al ciclo productivo los productos orgánicos que fueron desechados para la regeneración de la tierra. Imitar el comportamiento de la naturaleza, en la que nada es basura, sino que todo forma parte del mismo ciclo. Quinta R de RECICLAR los objetos y bienes consumibles y convertirlos nuevamente en útiles que eviten la acumulación de residuos y la producción de consumos y productos que perjudicarán a la vida sostenible. Por último, Fernando suma una R más, la de REVALORIZAR los saberes y valores que fuimos aprendiendo en el transcurso del desarrollo de la humanidad. Volver a hacer foco en lo importante. Regenerar el suelo, cuidar e invertir en la preservación de la naturaleza es el verdadero empoderamiento. Para tener acceso a más información en este tema, recomienda investigar sobre “Desobediencia Civil Pacífica” desarrollado por la politóloga Flavia Broffoni.

Aulas a Cielo Abierto en casa

El proyecto Aulas a Cielo Abierto del Parque Avellaneda lleva casi 20 años de trabajo. Si bien se reformuló a lo largo del tiempo, nunca le había tocado atravesar una pandemia. No obstante, el Coronavirus no lo frenó, sino que lo reinventó a través de la experiencia, la historia y la realidad.

Sierra de la Ventana, un destino para tener en cuenta

El Licenciado en Turismo, posgrado en Turismo Rural e integrante de la Comisión de Turismo Rural de la Federación de Turismo (FEDETUR), Gustavo Corvalán, describió la zona de Sierra de la Ventana y sus atractivos paisajes.

Proponen un desarrollo urbano con una mirada metropolitana

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires debate la modificación del Plan Urbano Ambiental (PUA) para ajustarlo a los nuevos códigos, Urbanístico y de Edificación. Se trata de la ley marco a la que deben adecuarse las políticas del distrito.