El licenciado en cooperativismo y mutualismo, Hugo Iacovino, se refirió a la resolución 1035/2020 del INAES que regula las fiscalizaciones a distancia.

Lic. Hugo Iacovino

 El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, resolvió el 16/11 de este año lo concerniente a las inspecciones a las cooperativas y mutuales, por la cual “habilita al INAES a suspender  los plazos administrativos y aplicar una fiscalización a distancia por los medios que la entidad disponga”, explicó Iacovino al aire de FRECUENCIA ZERO.

“En el 2012 comenzó el Instituto a ser Sujeto Obligado ante la UIF, en ese momento establecieron las fiscalizaciones in situ y extra situ, esta última le permite la inspección de las asambleas a través de las actas”, contextualizó el Licenciado.

Por la resolución 1035, según detalló Iacovino, en las asambleas a distancia “es posible la participación de algún funcionario. Además deben grabarse y guardar la grabación durante cinco años”.

Mientras tanto,  la modalidad a distancia que fue pensada como medida preventiva por la pandemia “llegó para quedarse y seguramente quedará como modalidad sobre todo en las confederaciones y las grandes cooperativas, en donde hay que trasladarse”, dijo.             

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