La legislatura porteña sancionó la Ley N° 6.437, de catastro, donde se estableció la nueva obligación de constituir y verificar el “estado parcelario” en inmuebles ubicados en la Ciudad de Buenos Aires. Y en las últimas semanas se publicó la disposición que reglamentó esta medida con vigencia a partir de enero de 2023 solo para terrenos baldíos.
Alan Schachter, arquitecto y especialista en Código Urbanístico, aclaró en diálogo con FRECUENCIA ZERO que en un principio la ley preveía que la cédula catastral realizada por un agrimensor, donde consten los datos de metros construidos y límites del inmueble en venta, sea para todo tipo de propiedades, pero como los actores se quejaron porque la medida era excesiva, se modificó y actualmente solo regirá a partir del 1° de enero de 2023 para los terrenos baldíos de la Ciudad.
A su vez, destacó que los estados parcelarios ya rigen en la provincia de Buenos Aires y otros puntos del país, pero esta ley lo que hace es equiparar. Lo que se buscó con esta ley es regularizar las obras que están en infracción, es una herramienta para la actualización de las parcelas. Hay muchas propiedades que se reciclan y no se registra ni cumple con la normativa jurídica.
En tanto, el analista inmobiliario precisó que la cantidad de agrimensores inscriptos en la Ciudad, que son 268 segun el Colegio que los agrupa, no darían a basto con la normativa anterior de la ley; pero como actualmente solo se establece que sean terrenos baldíos, implicaría el 4% de las transacciones.